Proyecto de DECRETO EN EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 2o. A, (Inciso J) DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Hace cinco años nuestra región fronteriza norte sufrió un duro golpe en el incremento del IVA del 11 al 16 %.

Durante 36 años, desde 1978, fecha en la que se aplicó por primera vez la Ley del IVA, en la región fronteriza siempre había tenido un trato diferenciado en relación al resto del país.

Me voy a concentrar en hablar brevemente en el caso de la frontera norte, en la que existen condiciones que nunca van a cambiar, como el simple hecho de la vecindad con los Estados Unidos de América, y que ameritan una regulación diferenciada con relación al resto de nuestro país.

Por lo que la disminución del IVA en la frontera no es un privilegio, es un tema de competitividad.

Como representante de Tamaulipas conozco la realidad de mi estado, de la lucha diaria de mis paisanos que aportan un promedio de 3.5 % del Producto Interno Bruto a nivel nacional y que demanda un trato justo para todos.

Por lo que no es suficiente, no basta un decreto de estímulos fiscales para la región fronteriza norte, como el que se emitió el pasado diciembre, que beneficia sólo a un sector de la población que únicamente estará vigente por dos años.

En el decreto de referencia se reconocen los siguientes aspectos:

Primero. Que la frontera con Estados Unidos produce efectos diferenciales entre el contribuyente que vive en esa región con el resto del país, condición que afecta el bienestar y encarece la vida de los habitantes de esa misma región.

Segundo. Que la frontera norte mantiene una dinámica económica distinta al resto del país, y que derivado a su ubicación geográfica existe competencia directa con el sur de los Estados Unidos de América.

Tercero. Que resulta necesario impulsar la competitividad económica del desarrollo y el bienestar de los habitantes de la región fronteriza norte, buscando con ello el crecimiento económico.

Sin embargo, dicha propuesta se ha quedado muy corta al proponer una tasa reducida al Impuesto al Valor Agregado y del Impuesto sobre la Renta sólo a empresas y a personas físicas con actividad empresarial a través de un crédito fiscal, equivalente a una tercera parte del ISR mediante un padrón de beneficiarios, administrado por el Servicio de Administración Tributaria, a quienes deberán solicitar autorización a más tardar el 31 de marzo.

Por otro lado, con relación al IVA, se otorgará un crédito equivalente al 50 % de la tasa a personas físicas o morales que realicen actos o actividades de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes u otorgamiento de uso de goce temporal de bienes, debiendo presentar un aviso de ampliación de este estímulo al SAT.

Desafortunadamente, un mes después, el 30 de enero, el SAT publica en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación para aplicar dicho estímulo en la región fronteriza mediante un artículo en el cuarto transitorio que establece el aviso para el estímulo del IVA, que se podría presentar hasta el 7 de febrero del 2019.

Es decir, que los interesados en este estímulo fiscal sólo tuvieron siete días, única y exclusivamente siete días para inscribirse en dicho trámite. Pareciera que se pretende que nadie se entere o se beneficie de estos estímulos fiscales.

Por los tamaulipecos y por el resto de los habitantes de la frontera norte es que no debemos de estar sujetos a decretos temporales ni a plazos a discreción.

Si realmente se requiere beneficiar a la mayoría de la población de la frontera se debe de reformar la Ley del IVA para fijar el impuesto a un 8 %, como se establece en la iniciativa que hoy estoy presentando.

Los habitantes de la frontera demandan que la disminución de este impuesto sea para todos, sin distingos, para que el beneficio se refleje finalmente en el bolsillo y en el incremento del poder adquisitivo.

Es cuanto, Presidente.

Estatus:

SE TURNÓ A LA CÁMARA DE DIPUTADOS.

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Ismael García Cabeza de Vaca © 2021